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El Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma convoca las ayudas del Plan de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales

El Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma convoca las ayudas del Plan de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales
El Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma convoca las ayudas del Plan de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales

El plazo de presentación de solicitudes se abre desde el próximo lunes, 27 de agosto, hasta el 14 de septiembre.

El Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma ha publicado las bases para la solicitud de ayudas económicas del Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales para el año 2018, una línea de subvenciones para la atención de necesidades básicas en materia de bienestar social.

El plazo de presentación de solicitudes se abre el próximo lunes, 27 de agosto, y permanecerá abierto hasta el 14 de septiembre. Los formularios deberán presentarse en el Registro de Auxiliar de Servicios Sociales (calle José López), en horario de 9:00 a 13:00 horas, hasta el 7 de septiembre, y de 13:00 a 19:00 horas entre el 10 y el 14 de septiembre.

Para la concejal de Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades de Santa Cruz de La Palma, Gazmira Rodríguez, estas ayudas “significan un importante soporte para aquellas familias con menos recursos económicos que deben afrontar determinados gastos sanitarios o de adaptación de viviendas en casos de discapacidad o movilidad reducida, entre otros”.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas mayores de edad o emancipados legalmente que residan en Santa Cruz de La Palma y que cumplan con los requisitos exigidos en las bases. Sólo se podrá recibir una única ayuda por unidad de convivencia. El Ayuntamiento dispone de una partida presupuestaria de 19.200 euros para esta convocatoria, siendo el importe máximo de cada ayuda de 1.500 euros.

Entre los gastos subvencionables contemplados en este Plan Concertado se incluyen deudas acreditadas de alquiler o hipoteca de la vivienda habitual; deudas de la cuota de la comunidad de propietarios de la vivienda; prótesis y ayudas técnicas; adaptación y mejora de las condiciones de la vivienda de personas que reúnan la condición de discapacidad o dependencia o que presenten problemas de movilidad reducida que justifiquen la solicitud de ayuda; y tratamiento bucodental, exceptuando la ortodoncia y los implantes dentales.

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