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El Ayuntamiento traslada a Comercio la solicitud de ampliación de la Declaración de la Zona de Gran Afluencia Turística para la Avenida El Puente

El Ayuntamiento traslada a Comercio la solicitud de ampliación de la Declaración de la Zona de Gran Afluencia Turística para la Avenida El Puente
El Ayuntamiento traslada a Comercio la solicitud de ampliación de la Declaración de la Zona de Gran Afluencia Turística para la Avenida El Puente

La Corporación aprobó en pleno elevar esta consulta al ejecutivo regional, siguiendo los procedimientos administrativos establecidos para este tipo de peticiones

El Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma trasladará a la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, la solicitud para estudiar la viabilidad de ampliación de la Declaración de la Zona de Gran Afluencia Turística para la Avenida de El Puente. 

Esta iniciativa, aprobada el pasado jueves por el pleno de la Corporación,  surge por la petición presentada por la Asociación del Casco Histórico de Santa Cruz de La Palma, que entiende que existe un creciente interés comercial en la capital y por tanto, ve viable ampliar los horarios de los establecimientos de más de trescientos metros cuadrados ante la oferta y demanda comercial, incluyendo toda la Avenida de El Puente, ya que hasta ahora, solo se beneficiaba de esta norma un tramo de esta calle. 

Entre los argumentos esbozados por la entidad proponente, se destaca que la ampliación de horario comercial en toda esta arteria principal de la capital favorece la diversificación económica del municipio y permitiría, además, la generación de empleo y puestos de trabajo. 

Para ello, el Ayuntamiento capitalino y siguiendo los procedimientos administrativos y jurídicos establecidos, elevará a la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del ejecutivo regional, el expediente reglamentario de esta demanda así como una memoria justificativa elaborada por la Agencia de Desarrollo Local al respecto para que, en el marco de sus competencias, apruebe o no dicha solicitud. 

De esta forma, será este organismo autonómico quien, en el ámbito de su competencia, estudie esta proposición.

En este sentido, y según la normativa vigente, la determinación de las zonas de gran afluencia turística a las que se refiere el punto 1 del artículo 5 de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales, así como los períodos a que se circunscribe la libertad de apertura en las mismas, “corresponderá al consejero o consejera competente en materia de comercio, que habrá de adoptar su decisión a propuesta de los ayuntamientos correspondientes, oídas las asociaciones de consumidores y usuarios y organizaciones empresariales y sindicales más representativas y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación competente por razón del territorio, y previo informe de la consejería competente en materia de turismo”. 

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