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Canarias pagó a sus proveedores en 2022 en una media de 20 días

Canarias pagó a sus proveedores en 2022 en una media de 20 días
Canarias pagó a sus proveedores en 2022 en una media de 20 días

El Gobierno ha cumplido durante la actual legislatura el período medio de pago, que se sitúa en los 30 días.

La dinámica se mantiene en enero de 2023, con una media de 27 días. 

El Gobierno de Canarias mantuvo el año pasado sus compromisos de pago muy por debajo del periodo medio de 30 días establecido legalmente, hasta tal punto que la media anual se situó en los 20,6 días, de acuerdo con la información facilitada por la Intervención General de la Comunidad Autónoma. 

El vicepresidente canario y consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, Román Rodríguez, valoró la importancia “de un dato que va más allá de una mera cuantificación, en tanto se convierte en un indicador de eficiencia y, sobre todo, de seguridad económica para todos los proveedores”.

“A nadie se le escapa las enormes dificultades que han atravesado en los últimos años las empresas y autónomos de las Islas y el preponderante papel que ha jugado la Administración pública como cliente de aquéllas”, dijo el vicepresidente, quien precisó que el Gobierno ha cumplido durante toda la legislatura en términos anuales con este precepto legal. 

Esta buena dinámica se ha mantenido con el inicio del nuevo año, puesto que el período medio de pago en enero se situó en los 27,4 días. 

El Período Medio de Pago constituye un concepto especialmente importante en la contabilidad de las administraciones públicas, no solo por su propio objeto, sino porque es uno de los criterios cuyo cumplimiento se exige en la Ley de Estabilidad Presupuestaria, so pena de aplicarse por el Estado medidas de corrección. 

Precisamente, el apartado 6 del artículo 13 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, introducido por la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público, establece que las Administraciones Públicas deberán publicar su período medio de pago a proveedores. 

El hecho de que se hayan suspendido las reglas fiscales no implica lo mismo en relación a las  obligaciones que tienen las administraciones públicas con terceros, y, concretamente, con los proveedores. Los plazos para atender la deuda comercial están fijados en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y deben cumplirse por las administraciones públicas.

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